Una empresa de su sector está aceptando pagos más allá de 60 días, por lo que usted va perdiendo cuota de mercado. ¿Sabe que ahora puede reclamar?

Plazos de pago. La normativa de prevención de la morosidad establece que, con carácter general, el plazo máximo de pago de las operaciones comerciales es de 60 días. Apunte.  Y con el fin de evitar posibles prácticas abusivas por parte de grandes empresas:

 

Este límite en el plazo de pago no podrá ser ampliado por acuerdo entre las partes.

En caso de que existiera dicho pacto, se consideraría nulo. De esta manera, si un cliente intenta imponerle unos plazos superiores, usted puede negarse y reclamarle que cumpla la legalidad. ¡Atención!  Incluso podría reclamarle intereses si realmente ya le está pagando con una demora superior.

Situación. No obstante, ¿qué sucede si es otro proveedor quien se presta a este tipo de prácticas y por culpa de ello usted va perdiendo clientes? Por ejemplo, un cliente que antes le compraba a usted y le pagaba a 60 días ahora ha acudido a otro proveedor que le vende al mismo precio y que acepta pagos a 120 días… ¿Puede usted hacer algo al respecto?

 

Modificación legal. En principio, cabría entender que usted no puede hacer nada al respecto, ya que no forma parte de esa relación comercial. Sin embargo, esto sólo es en apariencia: para proteger a las empresas que cumplen la legalidad, una nueva ley ha confirmado que se considera desleal el incumplimiento reiterado de las normas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales .

 

Reclamación. Por tanto, dado que esta práctica le supone un perjuicio –usted está perdiendo clientes–, podrá ejercitar las acciones legales que le brinda la Ley de Competencia Desleal. Así, podrá solicitar:

  • Que se declare desleal la práctica que están llevando a cabo y que cese de forma inmediata.
  • Que se le indemnice por los daños y perjuicios que la conducta desleal de su competidor le haya ocasionado y que usted puede demostrar (por ejemplo, por la pérdida de un cliente con quien tenía apalabrado un contrato y que se echó atrás porque otro proveedor le ofreció un plazo de pago superior).

El incumplimiento reiterado de las normas de lucha contra la morosidad es competencia desleal. Reclame si un competidor acepta plazos de cobro superiores a los legales.

Fuente:        Lefebvre-el-derecho

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