La Comisión Europea ha recomendado a los Estados miembros que las personas físicas y jurídicas puedan compensar fiscalmente las pérdidas de 2020 y 2021, con los impuestos que pagaron en años anteriores. La idea obligaría a Hacienda a devolver impuestos a los pequeños negocios.

La última propuesta de la Comisión Europea, de llevarse a cabo, podría hacer que Hacienda devolviera dinero a los pequeños negocios que están sufriendo la crisis, pero que fueron rentables antes de la pandemia. El organismo ha recomendado a todos los Estados miembros, entre ellos a España, habilitar un mecanismo para que autónomos y empresas puedan compensar fiscalmente las pérdidas en su actividad durante 2020 y 2021, con los impuestos que pagaron en años anteriores al obtener beneficios. Dicho de otra forma, compensar los años buenos, con los años malos. Ésta sería una forma de ayudar económicamente a los pequeños negocios, ya que Hacienda podría llegar a devolverles dinero.

En estos momentos, las personas físicas y jurídicas que han sufrido pérdidas en un ejercicio (que tiene más gastos, que ingresos) obtienen un crédito fiscal de Hacienda, que pueden aplicar contra los beneficios futuros. Es decir, que si en ejercicios posteriores obtienen beneficios y deben abonar, por ejemplo, el Impuesto de Sociedades, pueden rebajarlo en base a las pérdidas que sufrieron anteriormente.

La propuesta que ahora hace la Comisión Europea va en sentido inverso. Dado que millones de autónomos en la Unión Europea han sufrido pérdidas durante los ejercicios de 2020 y 2021, Bruselas propone que la compensación fiscal no se realice en los años siguientes, sino que se haga sobre los impuestos que se pagaron cuando obtuvieron beneficios durante 2017, 2018 y 2019. Esto obligaría a las haciendas públicas de los países miembros a devolver dinero de esos impuestos a muchas actividades que abonaron sus impuestos en años precedentes a la crisis.

 

LA RECOMENDACIÓN DE BRUSELAS A TODOS LOS PAÍSES

La Comisión Europea, en su recomendación 2021/801 de 18 de mayo de 2021 sobre el tratamiento fiscal de las pérdidas incurridas durante la crisis de la COVID-19, explica que “los Estados miembros contemplan tres grandes maneras de tratar las pérdidas a efectos fiscales». La primera consiste en declarar las pérdidas en el ejercicio contable corriente en el que se producen. La segunda, en trasladarlas a ejercicios posteriores y compensarlas con los beneficios futuros; y, por último, hay una tercera que permite llevarlas “a ejercicios precedentes y compensarse con los beneficios totales del ejercicio fiscal anterior o de varios ejercicios anteriores, lo que da lugar a la devolución de impuestos pagados con anterioridad” recoge la propuesta de Bruselas.

Ésta última es precisamente la que la Comisión Europea está recomendando a los países miembros, para ayudar a los negocios que están atravesando por una difícil situación económica, pero que fueron rentables hasta el estallido de la pandemia. “Trasladar las pérdidas a ejercicios anteriores ofrece la ventaja de beneficiar únicamente a las empresas que fueron rentables en los años anteriores a la pandemia, lo que supone aplicar el principio de apoyar a las empresas sanas» como asegura la Comisión en su recomendación. Ello haría que “en la práctica, sólo las empresas que obtuvieran beneficios y tributaran en los ejercicios anteriores a 2020 podrán compensar con esos impuestos sus pérdidas de 2020 y 2021”

 

De esta forma, sería cambiar los actuales sistemas de compensación de bases imponibles a futuro -los llamados carry forward -, por sistemas de compensación de bases imponibles con efecto retroactiva o carry back. “Los carry back no están introducidos en el sistema tributario español. Pero si el Gobierno apuesta por esta recomendación, el mecanismo permitiría dar aire a las empresas pequeñas que en el año 2020 y 2021 lo han pasado mal como consecuencia de la crisis del Covid-19. Ya que a través de ellos, se podrían compensar estos años, con los ejercicios anteriores en los que estos negocios fueron rentables.

 

En concreto, la Comisión Europea recomienda “trasladar las pérdidas a dos o tres ejercicios anteriores, la medida debe aplicarse a aquellas empresas que no registraran pérdidas en 2019, 2018 o 2017”.

 

Se trata de una herramienta fácil, sencilla y que Hacienda podría instaurar ya mismo. Se puede hacer ya y de oficio, porque Hacienda tiene todos los datos que necesita para aplicarlos.

 

SE AYUDARÍA A QUE LAS EMPRESAS RENTABLES PUEDAN SERLO EN EL FUTURO

De hecho, precisamente este es uno de los principales aspectos que destaca la Comisión: “de este modo, se garantiza que la medida se aplique a las empresas que sufren dificultades directamente debidas a la pandemia, y que el dinero público no se gaste en tratar de ayudar a empresas privadas que son inviables por causas que nada tienen que ver con la crisis”.

 

En este sentido, La Federación Española de Asociaciones Profesionales de Técnicos Tributarios y Asesores Fiscales (FETTAF), coincide con la Comisión en cuanto a que podría ser una buena opción para salvaguardar a los autónomos y pequeños negocios que tienen un modelo de negocio rentable, pero que están pasando por dificultades.

 

Aunque la Comisión no lo detalla en su recomendación, el mecanismo se podría llegar a aplicar al Impuesto de Sociedades, al IRPF o, incluso, al IVA o al IGIC.

 

Su instalación haría que Hacienda acabase devolviendo a los pequeños negocios parte de los impuestos que hubieran pagado en años anteriores. Porque al final, lo que estás haciendo es solicitarle al Fisco que te devuelva el pago de impuestos que realizaste con motivo del ejercicio de 2019, con lo cual se otorga liquidez para las empresas.

 

Aunque afectaría a la tesorería de Hacienda, con ello se salvaría empresas que fueron rentables sí o sí. El sentido de esta norma no es otro que no esperar a futuro para echarles una mano a las empresas que han sido rentables antes de la Crisis, sino ahora. Las empresas recibirían el dinero ahora, cuando con mayor urgencia lo necesitan, sin tener que esperar a poder compensar sus pérdidas con sus futuras deudas fiscales. Los Estados miembros renunciarían ahora a unos ingresos fiscales, pero los obtendrían en el futuro de las empresas que se mantuvieron a flote y volvieron a ser rentables. Además, trasladar pérdidas a ejercicios pasados permitirá reducir las trasladadas a ejercicios futuros en los próximos años, lo que mitigará la incidencia en los ingresos fiscales.

SUSCRÍBETE A NUESTRA NEWSLETTER

¿Quiere estar al corriente de las novedades más relevantes para su negocio? Totalmente gratuita. 

Política de privacidad

Acepto recibir

¡Te has suscrito con éxito!