En el BOE de 29 de junio se ha publicado el Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, que incluye incentivos fiscales en el IRPF y en el Impuesto sobre Sociedades respecto a los vehículos eléctricos y además prórroga la rebaja del IVA/igic de los alimentos y las medidas en el IBI y en el IAE Respecto a los afectados por la erupción volcánica de la isla de La Palma.

Queremos informales que en el BOE de 29 de junio se ha publicado el Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio (RDL 5/2023), por el que se adoptan y prorrogan determinadas medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania, de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad; de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles y conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores; y de ejecución y cumplimiento del Derecho de la Unión Europea.

Desde el punto de vista fiscal, las principales medidas que se adoptan son las que a continuación se reseñan, y que entraron en vigor el día 30 de junio.

  • En el Impuesto sobre el Valor Añadido o IGIC, se prorroga hasta el 31 de diciembre de 2023 el tipo del 0% en los productos de primera necesidad (pan, leche, frutas y verduras, huevos, harinas y quesos) y del 5% en pastas alimenticias y aceites de oliva y de semillas. No obstante, el tipo impositivo aplicable será el 4% para los productos de primera necesidad y del 10% para las pastas alimenticias y aceites, a partir del día 1 del mes de noviembre de 2023, en el caso de que la tasa interanual de la inflación subyacente del mes de septiembre, publicada en octubre, sea inferior al 5,5 por ciento.
  • En el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas se crea una deducción del 15% para la compra de un vehículo eléctrico nuevo. Esta desgravación se extiende hasta el 31 de diciembre de 2024 y su base máxima de deducción se establece en 20.000 euros.
  • En el Impuesto sobre Sociedades se establece una amortización anticipada para la instalación de sistemas de recarga de baterías para vehículos eléctricos enchufables.

Además, este RDL 5/2023 establece o prorroga ayudas para sufragar el precio de determinados productos energéticos para empresas de transporte por carretera y para productores agrarios, cuya gestión se atribuye a la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

 

A continuación, les resumimos las principales medidas tributarias que se recogen en el mencionado RDL 5/2023.

 

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)

Introduce dos nuevas deducciones para fomentar la adquisición de vehículos eléctricos y la instalación de infraestructuras de recarga. La deducción por adquisición de un vehículo eléctrico nuevo permite deducir el 15% del valor de adquisición o de la cantidad abonada a cuenta, con una base máxima de deducción de 20.000 euros. Los vehículos elegibles deben cumplir ciertos requisitos. La deducción por instalación de sistemas de recarga permite deducir el 15% de las cantidades satisfechas para la instalación de sistemas de recarga en un inmueble de su propiedad, con una base máxima anual de 4.000 euros.

 

Impuesto sobre Sociedades (IS)

Se establece la amortización acelerada de las inversiones en nuevas infraestructuras de recarga de vehículos eléctricos. Permite amortizar estas inversiones multiplicando por 2 el coeficiente de amortización lineal máximo previsto en las tablas de amortización. Aplica a las inversiones realizadas en los períodos impositivos de 2023, 2024 y 2025, siempre y cuando se cumplan ciertos requisitos y se presente la documentación técnica requerida.

 

Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) / IGIC

Se prorroga la aplicación del tipo impositivo del 0% para los productos básicos de alimentación y del 5% para los aceites de oliva, semillas y pastas alimenticias durante el segundo semestre de 2023. También se reduce al 5% el tipo impositivo del IVA para estas mismas categorías de productos desde el 1 de enero de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2023. Se suprime el IGIC para determinados productos frescos, como el pan, harinas, leche, quesos, huevos, frutas, verduras y cereales, durante el mismo período.

 

IBI/IAE

Respecto a los afectados por la erupción volcánica de la isla de La Palma, se prorrogan los beneficios fiscales en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) y en el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) que se regularon en el artículo 25 del Real Decreto-ley 20/2021.

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